Modo De Empleo - DITEC BIS 1 O-V Manuel D'installation Et D'entretien

Portes coulissantes
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  • FRANÇAIS, page 18
ADVERTENCIAS GENERALES PARA LA SEGU-
E
RIDAD
El presente manual de instalación se dirige exclusivamente
a personal profesionalmente competente. La instalación,
las conexiones eléctricas y los ajustes se tienen que
realizar observando la Buena Técnica y de acuerdo con las
normas vigentes. Leer atentamente las instrucciones antes de
empezar la instalación del producto. Una mala instalación puede
ser fuente de peligro. Los materiales del embalaje (plástico,
poliestireno, etc.) no se tienen que dispersar en el ambiente, ni
dejar al alcance de los niños porque son potenciales fuentes de
peligro. Antes de empezar la instalación comprobar la integridad
del producto. No instalar el producto en ambiente y atmósfera
explosivos: la presencia de gases o humos inflamables
representa un grave peligro para la seguridad. Antes de instalar
la motorización, efectuar todas las modificaciones estructurales
relativas a la realización de los dispositivos de seguridad y a la
protección o segregación de todas las zonas de aplastamiento,
cizallado, arrastre y de peligro en general. Comprobar que la
estructura existente tenga los necesarios requisitos de robusteza
y estabilidad.
El constructor de la motorización no es responsable de la
inobservancia de la Buena Técnica en la construcción de las
puertas y ventanas a motorizar, así como de las deformaciones
que se presentaran en la utilización.
Los dispositivos de seguridad (fotocélulas, costas sensibles,
paradas de emergencia, etc.) se tienen que instalar considerando:
las normativas y las directivas en vigor, los criterios de la Buena
Técnica, el ambiente de instalación, la lógica de funcionamiento
del sistema y las fuerzas desarrolladas por la puerta o cancela
motorizadas.
Los dispositivos de seguridad tienen que proteger eventuales
zonas de aplastamiento, cizallado, arrastre y de peligro en
general, de la puerta o cancela motorizadas. Aplicar las
señalizaciones previstas por las normas vigentes para individuar
las zonas peligrosas.
En cada instalación tiene que estar visible la indicación de los
datos identificadores de la puerta o cancela motorizadas. Antes
de conectar la alimentación eléctrica asegurarse de que los
datos de placa respondan a los de la red de distribución
eléctrica. Prever en la red de alimentación un interruptor/
seccionador omnipolar con distancia de apertura de los
contactos igual o superior a 3 mm. Comprobar que arriba de
la instalación eléctrica haya un interruptor diferencial y una
protección de sobrecorriente adecuados. Cuando se requiere,
conectar la puerta o cancela motorizadas a una eficaz instalación
de puesta a tierra realizado como indicado por las vigentes
normas de seguridad. Durante las intervenciones de instalación,
mantenimiento y reparación, cortar la alimentación antes de abrir
la tapa para acceder a las partes eléctricas.
La manipulación de las partes electrónicas se tiene que
efectuar dotándose de brazales conductores antiestáticos
conectados a tierra. El constructor de la motorización
declina toda responsabilidad en caso de que se instalen
componentes incompatibles a fines de la seguridad y del
buen funcionamiento.
Para la eventual reparación o sustitución de los productos se
tendrán que utilizar exclusivamente recambios originales.
El instalador tiene que facilitar todas las informaciones relativas
al funcionamiento automático, manual y de emergencia de
la puerta o cancela motorizadas, y entregar al usuario de la
instalación las instrucciones de uso.
DITEC S.P.A - IP1653 - BIS
DIRECTIVA MAQUINA
Segun la Directiva Maquina (98/37/CE) el instalador que "mo-
toriza" una puerta o una cancela tiene las mismas obligaciones
que el constructor de una máquina, y como tal debe:
- predisponer el fasciculo técnico que deberá contener los do-
cumentos indicados en el Anexo V de la Directiva Maquina;
(el fasciculo técnico debe ser conservado y puesto a disposición
de la autoridad nacional competente por lo menos diez años a
partir de la fecha de costrucción de la puerta motorizada);
- redactar la declaración CE de conformidad según el Anexo
II-A de la Directiva Maquina y entregarla al cliente;
- poner la marca CE sobre la puerta motorizada según el punto
1.7.3 del Anexo I de la Directiva Maquina.
Para mayores informaciones consultar el documento "Líneas
guía para la realización del fascículo técnico" disponible en
Internet en la dirección siguiente: www.ditec.it

MODO DE EMPLEO

Clase de servicio: 5 (mínimo 5 años de uso con 600 ciclos por
día)
Uso: MUY INTENSIVO (Para accesos de tipo colectivo con
paso para vehículos o paso peatonal muy intensivo).
-
Las prestaciones de uso se refieren al peso recomendado
(aproximadamente 2/3 del peso máximo admitido). Su
utilización con el peso máximo admitido podría reducir las
prestaciones arriba indicadas.
-
La clase de servicio, los tiempos de utilización y el número
de ciclos consecutivos tienen un valor indicativo. Se han
detectado estadísticamente en condiciones medias de uso
y no pueden ajustarse a todos los casos. Estos valores se
refieren al período en el cual el producto funciona sin nece-
sidad de mantenimiento extraordinario.
-
Cada acceso automático presenta elementos variables
como: fricciones, compensaciones y condiciones ambien-
tales que pueden modificar fundamentalmente tanto la
duración como la calidad de funcionamiento del acceso
automático o de una parte de sus componentes (entre los
cuales se encuentran los automatismos). Es responsabilidad
del instalador adoptar los coeficientes de seguridad adecua-
dos para cada instalación específica.
DECLARACIÓN DE FABRICANTE
(Directiva 98/37/CE, Anexo II, parte B)
Fabricante:
DITEC S.p.A.
Dirección:
via Mons. Banfi, 3 - 21042 Caronno P.lla (VA)
- ITALY
Declara que el sistema para puertas correderas serie BIS
- es costruido para ser incorporado en una maquina o para ser
ensemblado con otras maquinarias para constituir un maquina
considerada por la directiva 98/37/CE;
- es conforme a las condiciones de las siguientes directivas
CE: Directiva compatibilidad electromagnética 89/336/CEE;
Directiva baja tensión 73/23/CEE;
y ademàs declara que no es consentido poner en servicio la
maquinaria hasta que la màquina en la cual serà incorporada o
de la cual serà componente haya sido declarada la conformidad
a las condiciones de la directiva 98/37/CE y a la legislaciòn
nacional que la transpone.
Caronno Pertusella, 26-06-2000
28
Fermo Bressanini
(Presidente)

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