Declaración De Conformidad; Indicaciones Generales En Relación A La Marca Ce - Hameg Instruments HM8001-2 Manuel D'utilisation

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I n d i c a c i o n e s g e n e r a l e s e n r e l a c i ó n a l a m a r c a C E
DECLARACIóN DE CONFORMIDAD
Fabricante:
HAMEG Instruments GmbH
Industriestraße 6
D-63533 Mainhausen
HAMEG Instruments GmbH certifica la conformidad
para el producto
Descripción:
Aparato base
Tipo:
HM8001-2
con:
Opciónes:
con las siguientes directivas:
Directiva EMC 89/336/CEE enmendada por 91/263/
CEE, 92/31/CEE
Directiva de equipos de baja tensión 73/23/CEE
enmendada por 93/68/EWG
Normas armonizadas utilizadas:
Seguridad:
EN 61010-1: 1993 / IEC (CEI) 1010-1: 1990 A 1: 1992 /
VDE 0411: 1994
Categoría de sobretensión: II
Nivel de polución: 2
Compatibilidad electromagnética:
EN 61326-1/A1: Emission: Tabla 4;
Clase B.
Inmunidad:
Tabla A1.
EN 61000-3-2/A14:
Emisión de corrientes armónicas:
Clase D.
EN 61000-3-3:
Fluctuaciones de tensión y flicker.
Fecha: 22. 07. 2004
Signatura
Manuel Roth
Manager

Reservado el derecho de modificación
Indicaciones generales en relación a
la marca CE
Los instrumentos de medida HAMEG cumplen
las prescripciones técnicas de la compatibilidad
electromagnética (CE). La prueba de conformi-
dad se efectúa bajo las normas de producto y
especialidad vigentes. En casos en los que hay
diversidad en los valores de límites, HAMEG elige
los de mayor rigor. En relación a los valores de
emisión se han elegido los valores para el campo
de los negocios e industrias, así como el de las
pequeñas empresas (clase 1B). En relación a
los márgenes de protección a la perturbación
externa se han elegido los valores límite válidos
para la industria.
Los cables o conexiones (conductores) acoplados
necesariamente a un aparato de medida para la
transmisión de señales o datos influyen en un
grado elevado en el cumplimiento de los valores
límite predeterminados. Los conductores utili-
zados son diferentes según su uso. Por esta razón
se debe de tener en cuenta en la práctica las
siguientes indicaciones y condiciones adicionales
respecto a la emisión y/o a la impermeabilidad
de ruidos:
1. conductores de datos
La conexión de aparatos de medida con aparatos
externos (impresoras, ordenadores, etc.) sólo se
deben realizar con conectores suficientemente
blindados. Si las instrucciones de manejo no
prescriben una longitud máxima inferior, esta
deberá ser de máximo 3 metros para las cone-
xiones entre aparato y ordenador. Si es posible
la conexión múltiple en el interfaz del aparato
de varios cables de interfaces, sólo se deberá
conectar uno.
Los conductores que transmitan datos deberán
utilizar como norma general un aislamiento
doble. Como cables de bus IEEE se prestan los
cables de haMeG con doble aislamiento HZ7S
y HZ7L.
2. conductores de señal
Los cables de medida para la transmisión de
señales deberán ser generalmente lo más cortos
posible entre el objeto de medida y el instrumento
de medida. Si no queda prescrita una longitud
diferente, esta no deberá sobrepasar los 3 metros
como máximo.

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